Punto PAE

Único Punto PAE en Benavente y comarca

Desde Asesoría Tejerina nos hemos constituido como único Punto de Atención al Emprendedor (Punto PAE) de Benavente y comarca, para apoyar a nuevos emprendedores en su asesoramiento y constitución de forma gratuita.

Puedes comprobarlo en el buscador de PAIT (provincia de Zamora) de la web del CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en la parte inferior dentro la pestaña de Despachos privados y asesorías.

¿Qué es un punto PAE?

Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y de entidades públicas y privadas (Ley 30/2005 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio). Para que una entidad pueda constituirse en PAE, deberá firmar previamente un convenio con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El PAE tiene una doble misión:

  • Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales, así como durante los primeros años de actividad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Iniciar el trámite administrativo de constitución de la sociedad a través del Documento Único Electrónico (DUE).
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Servicios como punto PAE

Los servicios que presta un PAE, de forma completamente gratuita, son:

  1. Información sobre las características de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y el Empresario Individual: marco legal, aspectos mercantiles más importantes, ventajas fiscales, aspectos contables, sistemas de tramitación, normativa aplicable; así como de otras formas jurídicas vigentes en el ordenamiento jurídico mercantil.
  2. Realización de la tramitación para la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática desarrollado por la Dirección General de Política de PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE).
  3. Información sobre las ayudas públicas a la creación de empresas aplicables al proyecto.
  4. Información sobre el régimen de Seguridad Social aplicable, criterios de adscripción, afiliación, cotización, etc.
  5. Información general sobre temas de interés para las empresas, tales como: Financiación, fiscalidad, programas de ayudas, contratación laboral, internacionalización, investigación, desarrollo tecnológico e innovación, cooperación empresarial, etc.
  6. Realización de la solicitud del código ID-CIRCE y la reserva de la denominación social para la tramitación presencial de la SLNE.
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Vídeo explicativo de punto PAE

Aquí te dejamos un vídeo explicativo de qué es y para qué sirve un punto PAE, realizado por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.

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Ventajas del procedimiento telemático

Con el procedimiento telemático, el futuro emprendedor únicamente tiene que venir a la Asesoría Tejerina para realizar el conjunto de trámites para constituir su sociedad, evitando desplazamientos y no siendo necesario utilizar formularios en papel. El personal de Asesoría Tejerina se encarga de cumplimentar sus datos en el Documento Único Electrónico (DUE), siendo el Sistema de Tramitación Telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (STT-CIRCE) el que realizará las siguientes gestiones:

  • Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE)
  • Reserva de cita con la Notaría
  • Solicitud del NIF provisional
  • Presentación de la Declaración Censal de Inicio de Actividad
  • Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) en la Comunidad Autónoma correspondiente
  • Inscripción en el Registro Mercantil Provincial
  • Trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Inclusión de ficheros de datos con información personal en la Agencia de Protección de Datos
  • Petición de la solicitud de reserva de una Marca o Nombre Comercial a la Oficina Española de Patentes y Marcas
  • Reserva de Dominio de Internet
  • Solicitud del NIF definitivo

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Datos y documentación necesaria para la consititución telemática de empresas

La documentación necesaria para proceder a la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de su proyecto empresarial es la siguiente:

  • Fotocopia y original del DNI de todos los socios y trabajadores.
  • Fotocopia y original de la Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social.

Otros datos a tener en cuenta:

  • Epígrafe AE (Actividades Económicas).
  • Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono).
  • Porcentajes de participación en el capital social y, en su caso, indicación de la condición de administradores. Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: base de cotización elegida y Mutua de AT-EP.
  • Número de cuenta bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial).
  • Tarjeta bancaria para realizar el pago de la certificación del RMC y del RMP en el caso de elegir este tipo de sistema de pago.

Casos particulares:

  • Justificante del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC (Registro Mercantil Central) de 14,18 € por la obtención de la denominación social. Si se elige esta opción el Nº de Cuenta RMC: 0049 5119 17 2317030510.- Banco Santander Central Hispano. En el documento de pago debe constar:
    • Nombre, apellidos y DNI del Socio que aporta el Nombre a la Denominación Social.
    • Concepto: Denominación SLNE.
    • Beneficiario: Registro Mercantil Central.
  • Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Socios extranjeros capitalistas (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que aportar el NIE por asuntos económicos.
  • Socios jurídicos: Deberán presentar la Escritura de la Sociedad, el Acta de Reunión en la que se llego al acuerdo de que formaría parte de la nueva Sociedad que se va a constituir y los datos del Representante del Socio Jurídico.
  • Socios casados: DNI o NIE del cónyuge y régimen del matrimonio.
  • Para contratación de trabajadores: contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social.
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